En 2011, Diageo México había difundido una campaña del whisky Johnnie Walker donde se veían imágenes del actor, que no había prestado su consentimiento para ello. García Bernal decidió iniciar acciones legales en 2013 y, luego de una ardua batalla, la Suprema Corte de México falló a su favor.
Además de ser noticia porque, muy pronto, pasará a formar parte de la familia Marvel, Gael García Bernal estuvo presente en la escena mediática por un evento relacionado con el rubro legal. Sucede que el actor logró ganarle una demanda nada menos que a Diageo México, cuya marca Johnnie Walker usó la imagen de la estrella mexicana sin su autorización.
El hecho ocurrió en la campaña de 2011 Caminando con gigantes, compuesta por 22 spots en los que García Bernal fue protagonista involuntario. Ante esa situación, el actor inició acciones legales en 2013 exigiendo una compensación económica.
Tal como suele ocurrir en esos casos, y habiendo dos contendientes de peso en pugna, el juicio se prolongó por varios años y recién ahora encontró un cierre; en total, han transcurrido diez años desde el lanzamiento de la campaña y ocho desde que el artista decidió comenzar la batalla legal. Previamente a esta resolución definitiva, en 2018, García Bernal había interpuesto un amparo contra la filial mexicana de Diageo, que fue aceptado por los ministros de la Primera Sala, que entendieron que el actor tenía derecho de solicitar una indemnización, que ascendería al 40% de las ganancias conquistadas por la popular campaña.
Finalmente, hace pocos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México le dio la razón a García Bernal, cuyo resarcimiento será el mentado 40% de las ventas generadas por la campaña de Johnnie Walker que dio origen al pleito. “La reparación del daño material y/o moral, así como la indemnización por daños y perjuicios por violación a los derechos que confiere esta Ley en ningún caso será inferior al cuarenta por ciento del precio de venta al público del producto original o de la prestación original de cualquier tipo de servicios que impliquen violación a alguno o algunos de los derechos tutelados por esta Ley”, se expresó en el fallo.
En su defensa, Diageo México alegó que no es propietaria de la marca Johnnie Walker y que su responsabilidad solo comprende comercializar y difundir la publicidad del producto. Pero la Suprema Corte mexicana desestimó ese argumento y le dio primacía al reclamo de García Bernal, indicando que la ley protege a las personas que ven usada, sin su expreso consentimiento, su imagen.